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La modificación del Código Civil por las leyes de julio de 2005 marca un importante punto de inflexión en el proceso de secularización del matrimonio en un doble sentido: la regulación de la institución matrimonial deja de tener como modelo al matrimonio canónico y consecuentemente desaparece la influencia de la moral cristiana en su conformación ubicándose en el marco de la moral pública o mínimo común ético de la sociedad española acogído por nuestro derecho.